sábado, 4 de julio de 2015

PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL. CONTRA SU MODIFICACIÓN, EL JUZGADOR DEBERÁ, SIN DEJAR INSUBSISTENTE LA DECRETADA, INSTAURAR UN INCIDENTE A EFECTO DE RESPETAR EL DERECHO DE AUDIENCIA DE AMBAS PARTES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Época: Décima Época
Registro: 2007900
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 07 de noviembre de 2014 09:51 h
Materia(s): (Civil)
Tesis: VII.2o.C.72 C (10a.)
PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL. CONTRA SU MODIFICACIÓN, EL JUZGADOR DEBERÁ, SIN DEJAR INSUBSISTENTE LA DECRETADA, INSTAURAR UN INCIDENTE A EFECTO DE RESPETAR EL DERECHO DE AUDIENCIA DE AMBAS PARTES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
La pensión provisional, como medida cautelar, participa de los principios de sumariedad, inaudiencia de parte y mutabilidad. Así, en atención al primero, debe decretarse de plano, tomando como justificación la urgencia de la medida y la apariencia del buen derecho. Conforme al segundo, debe dictarse sin otorgar audiencia a la contraparte, sin que ello signifique la inobservancia a ese derecho, pues éste se otorga después de dictada la medida. Finalmente, en atención al tercero, puede modificarse durante su subsistencia, porque esta modificación no extingue la naturaleza de medida cautelar de dicha pensión. Ahora, si bien la legislación procesal de Veracruz no contempla un recurso en específico contra la modificación de la pensión alimenticia provisional, el juzgador deberá, sin dejar insubsistente la modificación decretada, instaurar un incidente donde respete el derecho de audiencia de ambas partes, con fundamento en los artículos 539, 540, 541 y 542 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo en revisión 60/2014. 15 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel de Alba de Alba. Secretario: Lucio Huesca Ballesteros.

Esta tesis se publicó el viernes 07 de noviembre de 2014 a las 09:51 horas en el Semanario Judicial de la Federación.